
Programas de apoyo al empleo
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Encuentra aquí, todo lo que debes saber sobre el Incentivo a la Generación de Nuevos Empleos
¿Qué es?
Es un subsidio del Gobierno Nacional que otorgará mensualmente a los empleadores, un aporte que podrán solicitar mensualmente hasta por 12 veces, de acuerdo a los requisitos establecidos y en las fechas de postulación establecidas para cada uno de los meses.
¿Quiénes pueden acceder a este apoyo?
Persona Natural Empleadora, Persona Jurídica, Consorcios o Uniones Temporales, Patrimonios Autónomos declarantes del Impuesto sobre la Renta y Cooperativas.¿Qué requisitos debo cumplir para postularme con BBVA?
- Tener una cuenta de ahorros o cuenta corriente con BBVA.
- Encontrarse al día en los pagos de seguridad social para los trabajadores que tuvo durante el mes de marzo de 2021
¿Cómo aplicar?
Si cumples con los requisitos mencionados puedes presentar tu solicitud en BBVA en los días establecidos para cada periodo de postulación.
Recuerda solo debes realizar la solicitud a través de una entidad financiera.
¿De cuánto es el apoyo para mi empresa?
Para jóvenes entre 18 a 28 años, se recibirá por cada trabajador el 25% del SMLV, para mujeres mayores de 28 años, se recibirá por cada trabajador el 15% del SMLV y para hombres mayores de 28 años el incentivo es del 10% del SMLV.Empleados sobre los que se reconoce el subsidio
El decreto 688 de 2021 y el artículo 8 de la resolución 1405 de 2021 establecen que el apoyo se otorgará teniendo en cuenta los siguientes elementos:
El máximo número de apoyos a ser reconocidos por la UGPP, corresponderá al número de empleos adicionales identificados en el mes de apoyo comparado con el mes de marzo de 2021.
Consulta los posibles escenarios y condiciones adicionales en la cartilla para diligenciamiento del formulario.
¿Cómo puedo postularme para acceder a este programa?
La empresa deberá presentar los siguientes documentos:
- Formulario de postulación completamente diligenciado y firmado por el representante legal.
- Certificación de cumplimiento de requisitos completamente diligenciado y firmado por el representante legal y (ii) el revisor fiscal o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal.
¿Qué debo hacer si cuento con cuentas de ahorro y/o crédito en más de una entidad financiera?
Se deberá realizar el procedimiento de postulación ante una sola entidad financiera. Es importante considerar que la entrega de documentos, no implica el derecho a recibir este aporte estatal.¿En qué fecha debo postularme?
Fechas de postulación correspondiente al mes de noviembre 2023, el cual permitirá a los beneficiarios acceder al incentivo estatal sobre las nómina de septiembre y octubre 2023.
Las postulaciones deben realizarse del 15 al 17 de noviembre de 2023 hasta las 4:00pm.
¿Cómo postularse con BBVA?
Documentos a radicar por cada postulación:
- Diligencia la certificación de cumplimiento de requisitos (Descargala aquí),recuerda que esta debe estar completamente diligenciada, firmada y en versión digital.
- Rut en los casos que aplica
- Formulario de postulación ingresa en la parte superior de esta página en postulate aquí, sigue todos los pasos hasta que el sistema te arroje el número de radicado.
- Consulta la guía para el diligenciamiento del formulario: (Descargala aquí)
Si tienes dudas comunicate a las línea de atención 6502084
Recomendación para adjuntar los documentos en el sistema:
Si el documento tiene firma digital se recomienda comprimir el documento y adjuntarlo nuevamente, también aplica para los documentos que el sistema no reconoce.
Si el problema persiste cambie el nombre y la ubicación del documento y adjúntelo nuevamente.
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Encuentra aquí, todo lo que debes saber sobre el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF)
Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF)
Es un subsidio del Gobierno Nacional el cual otorgará mensualmente a los empleadores un aporte que podrán solicitar por una sola vez mensualmente durante los meses que decrete el gobierno nacional.
¿Quiénes pueden acceder a este apoyo?
Persona jurídica, entidad sin ánimo de lucro, consorcio o unión temporal, persona natural empleadora, cooperativas de trabajo asociado y patrimonios autónomos declarantes que para el período de cotización, marzo de 2021, hubiese tenido un máximo de 50 empleados. Si en el mes del beneficio, tiene más de 50 empleados, sólo tendrá concepto de conformidad máximo por 50 empleados o trabajadores asociados, según aplique.¿Qué requisitos debo cumplir para postularme?
Quienes se postulen deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber sido constituida antes del 6 de mayo de 2020
- Contar con una inscripción al registro mercantil antes del 6 de mayo de 2020. En todo caso, esta inscripción deberá haber sido realizada o renovada por lo menos en el año 2019
- Demostrar la necesidad del aporte estatal certificando la disminución del 20% de sus ingresos.
- Tener una cuenta de ahorros o cuenta corriente con la entidad financiera que realizará la solicitud.
¿Cómo se calcula la disminución de ingresos?
El cálculo deberá realizarse usando alguna de las siguientes opciones, a su elección:
- Comparando los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte, con los ingresos del mismo mes del año 2019.
- Comparando los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte, con el promedio aritmético de ingresos de enero y febrero de 2020.
Se tendrán en cuenta las reglas de realización del ingreso, de conformidad con los marcos técnicos normativos contables vigentes en Colombia.
¿De cuánto es el apoyo para mi empresa?
Para el apoyo PAEF de Enero, Febrero y Marzo de 2021 la suma fija corresponde a $454.000 para mujeres o empleados de empresas de los sectores turístico, hotelero, gastronomía, actividades artísticas, de entretenimiento y recreación. Para hombres y demás actividades corresponde a $363.000 de acuerdo al valor del SMMLV de 2021.¿Cómo se determina el número de empleados de mi empresa?
El número de empleados corresponde a los cotizantes reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes inmediatamente anterior al de la postulación a cargo de dicho beneficiario. Al respecto, se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
- Los cotizantes cuyo ingreso base de cotización sea, por lo menos, de un SMLMV.
- Los cotizantes para quienes se haya cotizado el mes completo.
- Los cotizantes que aparezcan afiliados en los diferentes subsistemas que le apliquen, como empleados de la empresa que solicita el subsidio.
- Los trabajadores a los cuales no se les haya aplicado la novedad de suspensión temporal de contrato de trabajo o de licencia no remunerada (SLN).
- Los trabajadores reportados en la PILA correspondiente al mes inmediatamente anterior al de postulación, correspondan, como mínimo, en un 80% a los trabajadores reportados en la PILA correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicho beneficiario.
- Que el respectivo trabajador no haya sido tenido en cuenta para el cálculo del aporte estatal de otro beneficiario.
¿Cómo puedo postularme para acceder a este programa?
La empresa deberá presentar los siguientes documentos:
- Formulario estandarizado, y puesto a disposición de los potenciales beneficiarios a través de las entidades financieras, debidamente diligenciado y firmado por el representante legal de la empresa, del consorcio o unión temporal, o persona natural empleadora.
- Certificación firmada por (i) el representante legal o la persona natural empleadora y (ii) el revisor fiscal o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique:
- La disminución de ingresos.
- Que los empleados sobre los cuales se recibirá el aporte efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior.
- Copia RUT. Esales, Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana, consorcios y uniones temporales debe anexarlo.
¿Qué debo hacer si cuento con cuentas de ahorro y/o crédito en más de una entidad financiera?
Se deberá realizar el procedimiento de postulación ante una sola entidad financiera. Es importante considerar que la entrega de documentos, no implica el derecho a recibir este aporte estatal.
Los postulantes con crédito de nómina con garantía del Fondo Nacional de Garantías deben postularse en la misma entidad financiera con la cual tienen dicho producto.
¿Cómo puedo postularme?
La recepción de postulaciones PAEF para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2021 se realizarán desde el 3 de febrero al 10 de febrero de 2022 hasta las 4:00 pm.
- Documentos a radicar por cada postulación: Formulario de postulación, certificación de cumplimiento de requisitos (Descargalo aqui) y Rut en el caso que se requiera.
Consulta la guía para el diligenciamiento del formulario: (Descargala aqui)
La postulación para ambos subsidios se debe realizar de forma independiente para cada uno de los meses
Si tienes dudas comunicate a las línea de atención 6502084¿Por cuántos meses podré obtener este apoyo?
El aporte estatal podrá ser solicitado hasta por once ocasiones. De ser así, el beneficiario deberá cumplir, en cada caso, con el procedimiento descrito¿Qué pasa si ya solicité al Fondo Nacional de Garantías -FNG- un crédito de nómina?
Los potenciales beneficiarios del Programa que igualmente tengan la calidad de deudores de líneas de crédito para nómina garantizadas del Fondo Nacional de Garantías deberán postularse al aporte estatal del PAEF a través de la entidad financiera con la cual adquirieron dicha línea de crédito garantizada. En este caso, los recursos que reciba tanto por el crédito como por el PAEF no podrán superar el valor total de la nómina para el mes sobre el cual se realizó el cálculo del Programa.
Si eres beneficiario de un crédito de nómina con garantía FNG y presentas un exceso frente a tus subsidios PAEF y PAP, debes realizar el abono a tu crédito correspondiente al valor de exceso.
¿Cómo puedo saber si la empresa donde trabajo accedió al subsidio estatal?
La UGPP en su portal web, https://paef.ugpp.gov.co/, habilitará la consulta de los beneficiarios y el de sus trabajadores.¿Cuándo se entregan los recursos a los beneficiarios del Programa?
El esquema implementado implica un período inicial de recepción de postulaciones, seguido de una respuesta del concepto por parte de la UGPP entidad encargada de verificar el cumplimiento de los requisitos, por lo que la entrega de los recursos se realiza durante el mes de marzo de 2022 de acuerdo al siguiente cronograma:
Respuesta de concepto UGPP a los meses de postulación:
- Octubre, noviembre y diciembre de 2021 a partir de 9 de marzo 2022
Restitución de Fondos
A partir de la fecha las empresas que tengan restitución de fondos del subsidio al estado por parte del beneficiario deberán dirigirse a la página de Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP y realizar el pago en línea por medio de PSE.
En caso de presentar novedades debe notificarlo directamente por los distintos canales de comunicación de la UGPP en "Atención y servicios a la ciudadanía"
Te recordamos tener presente lo descrito en el derecho legislativo referente a las causales de restitución del subsidio al estado por parte del beneficiario, cuando se den algunas de las siguientes situaciones:
- No cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 2 de este Decreto Legislativo.
- Se compruebe que existió falsedad en los documentos presentados para acreditar los requisitos establecidos para la asignación del aporte estatal del Programa de Apoyo al Empleo Formal - PAEF.
- En los términos del numeral 2.3. del artículo 4 de este Decreto Legislativo, el beneficiario se haya comprometido al pago de salarios adeudados de abril y no haya cumplido con dicho compromiso.